Inspección Técnica de Edificios (ITE) en Cádiz: quién debe pasarla y qué incluye

Si has recibido una notificación de tu ayuntamiento sobre la Inspección Técnica de Edificios, o simplemente quieres anticiparte porque tu vivienda ya tiene unos años, esta guía resume qué es la ITE, quién está obligado a pasarla, los plazos legales en Andalucía y qué ocurre si no se cumple el trámite a tiempo.

Qué es la ITE

La Inspección Técnica de Edificios (ITE) es una revisión periódica obligatoria que determina el estado de conservación de un edificio: su seguridad estructural, salubridad, accesibilidad y ornato. La realiza un técnico competente (arquitecto o arquitecto técnico colegiado) mediante una visita presencial, y el resultado se refleja en un documento oficial conocido como Ficha ITE, que debe visarse por el colegio profesional correspondiente.

En Andalucía, la ITE está regulada actualmente por el Decreto 550/2022, que desarrolla el Reglamento General de la Ley 7/2021 de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, y tiene su base legal en el artículo 156.1 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA).

Quién está obligado a pasar la ITE

La normativa andaluza obliga a los propietarios de edificaciones y construcciones —tanto personas físicas como jurídicas, o comunidades de propietarios en régimen de división horizontal— a realizar esta inspección cuando el edificio tiene una antigüedad superior a 50 años, especialmente si está destinado a uso residencial.

Algunos ayuntamientos andaluces han reducido este plazo a 30 años para determinados edificios catalogados o protegidos, por lo que conviene confirmar siempre el plazo exacto aplicable con el ayuntamiento correspondiente.

Plazos: cuándo hay que presentarla y con qué periodicidad

  • Primera inspección: dentro del año siguiente a aquel en que el edificio cumple 50 años desde su construcción.
  • Renovaciones: cada 10 años, contados desde el vencimiento del plazo en que debió presentarse la inspección anterior.
  • Si el ayuntamiento requiere expresamente la inspección a un propietario, esta debe realizarse en un plazo más corto (normalmente unos meses desde la notificación)

Qué pasa si no se pasa la ITE a tiempo

El incumplimiento de la obligación de pasar la ITE se considera una infracción urbanística y puede derivar en un procedimiento sancionador. El proceso habitual, según la normativa municipal, suele seguir estos pasos:

  1. Requerimiento inicial al propietario, con trámite de audiencia para alegaciones.
  2. Un primer plazo (normalmente de varios meses) para realizar la inspección.
  3. Un segundo y último requerimiento con un plazo más corto.
  4. Si no se atiende, el ayuntamiento puede iniciar un expediente sancionador y, en algunos casos, ejecutar la inspección de forma subsidiaria, repercutiendo el coste al propietario.

Las multas por no realizar la ITE varían según el municipio, pero en la práctica pueden oscilar entre varios cientos y varios miles de euros.

Si el resultado de la ITE es desfavorable

Cuando la inspección detecta deficiencias, el técnico redactor debe indicarlas en el informe. El propietario o la comunidad dispone entonces de un plazo (habitualmente de unos meses) para presentar una declaración responsable o solicitar la licencia de obras necesaria para subsanar los problemas detectados. Si existe riesgo inmediato, el propio técnico puede ordenar medidas de seguridad urgentes en el mismo momento de la inspección.

Una vez ejecutadas las obras de reparación, se debe comunicar al ayuntamiento junto con el certificado final de obra, y el edificio queda en situación de “favorable” hasta la siguiente revisión decenal.

¿Cuánto cuesta la ITE?

El coste depende del tamaño del edificio, el número de viviendas y el técnico contratado, pero como referencia orientativa a nivel general suele moverse en un rango de 300 € a 1.500 € para el informe en sí. Si la inspección detecta deficiencias que requieren obras, ese coste es independiente y puede variar mucho según la gravedad de los problemas encontrados.

Resumen rápido

Pregunta Respuesta
¿A partir de qué antigüedad es obligatoria? Más de 50 años (algunos municipios la adelantan a 30 años en edificios catalogados)
¿Cada cuánto hay que renovarla? Cada 10 años
¿Quién la realiza? Arquitecto o arquitecto técnico colegiado
¿Qué pasa si no se hace? Infracción urbanística, posibles multas y ejecución subsidiaria
¿Dónde se presenta? Ante el ayuntamiento correspondiente

¿Necesitas pasar la ITE de tu edificio en Conil o la comarca?

En Alva Gestión realizamos inspecciones técnicas de edificios y te acompañamos en todo el proceso: desde la visita técnica hasta la presentación del informe ante el ayuntamiento, incluyendo el asesoramiento sobre las obras necesarias en caso de resultado desfavorable.